sábado, 8 de septiembre de 2007

RUEDA DE PRENSA


Ayer viernes, miembros de esta Asociación de maestros M.A.S.A.I. (Maestros Aprobados Sin Acceso a Interinidad), convocaron una rueda de prensa a diversos medios de comunicación, explicando su situación. Ayer ya pudimos ver la noticia en TVE y escucharla en Cadena SER y RNE. Hoy sábado, vemos que El Correo, Diario La Rioja y Noticias de La Rioja publican la noticia.
Además también son noticia en el portal de noticias www.larioja2.com

25 comentarios:

Anónimo dijo...

Si señor. Seguid así porque no os mereceis estar 2 años sin poder trabajar como interinos. Si habéis aprobado ya habéis demostrado que sois válidos. ¡Que os dejen ejercer para poder coger esa experiencia que tanto piden los que nunca han aprobado!

Anónimo dijo...

Ahora entiendo todo. Había oído hablar de la lista A y la lista B, pero no entendía nada. Es increíble que pasen cosas tan injustas.
He leído hoy en el periódico a una persona que os contestaba diciendo que no os quejéis porque aunque hayáis aprobado no tenéis por qué sacaros la plaza. Esta persona debería haberse enterado de vuestros propósitos antes de llamar al periódico y dejar ese ridículo mensaje en el contestador porque no tiene ni idea de lo que habla. Pero si vosotros no pedís una plaza fija... ¡¡¡Simplemente que os incluyan en la lista de interinos y no os marginen en otra lista detrás de todos los suspendidos!!! Yo creo que queda bastante claro en las distintas noticias que han publicado los medios de comunicación.
Ojalá la persona que ha escrito eso, lea este blog y se informe un poco más antes de quejarse de algo de la que no tiene ni la más remota idea. Está claro que a la gente le encanta hablar por hablar.

Valva dijo...

HOla!!! Soy Valva, soy maestra y estoy en la misma situación que vosotros, ya me he puesto en contacto a través de un mail. Ayer leí en el periódico esa carta de la persoan que decía que no nos quejemos, cuando ni siquiera sabía de por qué lo hacemos, aunque supongo, que desde su acomodado lugar, será difícil entenderlo, con lo clarito que está expuesto, sólo queremos trabajar de interinos, y así sumar puntos y experiencia, aprender, que al final los que salen ganando son los alumnos, que se merecen maestros competentes, que estudian, se preparan, y aprueban unas oposiciones.

Anónimo dijo...

Ya está bien. Soy interino y no aguanto más que nos digais que somos unos privilegiados y que si hemos conseguido esto y lo otro ha sido por lamer el culo a los sindicatos y a la Administración. Y no quiero arrogarme la representación de nadie, por tanto hablo a título personal. Así como vosotros os organizais para conseguir vuestros fines los interinos que lo desean también lo hacen. ¿Y qué diferencia hay? ¿me lo podeis decir? Cuando seais interinos (porque seguro que al final y a base de años lo conseguireis)¿vais a seguir con esa asociación o os unireis al resto de interinos para reivindicar vuestros/nuestros intereses? Aquí como en cualquier parte, por desgracia, cada uno va a lo suyo ¿o no?

Anónimo dijo...

En mi opinión teneis toda la razón, yo también soy interino y me siento tan perjudicado como vosotros, a otra escala (claro está).
Gracias al acuerdo firmado, nadie pudo avanzar puestos en la lista y en mi caso ,como en el de tantos, hubieran sido muchos puestos ya que mi nota de 2007 es ampliamente superior a la de 2005. Y eso no ha sido gracias a nadie mas que a mi estudio.
Con esto solo se ha conseguido que se acomoden los de siempre y los demás tengamos que esperar a ver que es lo que no quieren ellos para quedarnos con sus migajas(cuando muchos ni siquiera se presentaron al examen)
Algún día se hará justicia y veremos como adelantamos a todos esos que no dieron palo al agua durante 2006 como lo dimos los demás.

Anónimo dijo...

Valvanera,

por supuesto que es injusto. Yo diría que es inconstitucional, va en contra de la igualdad de oportunidades y de la retribución laboral en función de los meritos.

Esto es la ley de la selva. Aquí se está jugando la vida de muchas personas.

Te diré más, aquí en la Rioja montaron una huelga los interinos para que se congelasen las listas en febrero del año pasado. Entonces se montaron los bloques, la administración tuvo que ceder al chantaje de los interinos, los cuales, pobrecitos, ejercieron su legítimo derecho a huelga para defender sus intereses, etc. Por eso muchas personas no se han presentado en La Rioja. Os dirán que dentro de un año se descogelan, cuando sus afiliados tengan tantos puntos que sean intocables y les salgan por las orejas, cuando hasta dentro de otros tres o cuatro años no consigáis puntos suficientes para poder trabajar de interinos. Se premia la antigüedad y sobre todo la fecha de nacimiento (cuando pudiste acabar la carrera), un criterio de lo más igualitario como puedes comprobar.

Me parece bien que os movilicéis, pero los sindicatos os van a dar en los morros, pero bien... Os van a triturar. Hay personas que llevan muchos años pagando su cuota para que defiendan sus intereses, y en esta vida, Valvanera, todos tenemos muchos intereses. Esa es la verdad. Todos sabíais de que iba el tema cuando os presentasteis en La Rioja y no en otra comunidad, pero claro sacaron más de doscientas plazas contando todas las especialidades (perdóneseme no saber el número exacto de plazas en el turno libre) y las ratios eran de otros tiempos (de antaño vamos) aquí.

Ojalá triunféis, aunque a mí me perjudicaría ese triunfo; eso significará que hay algo de dignidad en este mundo. Cualquier cosa que consigáis de la administración será contestada con otra huelga y mucha palabrería. ¿Cómo se puede enseñar valores tras montar una huelga para defender tus intereses personales? ¿Por qué tienen que pagar los chavales los intereses de otros? Esa huelga va en detrimento de su educación, sí ya sé, un interino bla, bla, bla, siempre tiene más experiencia bla, bla, bla, la calidad de la educación, bla,bla, bla, pactos por la estabilidad en el empleo, etc.

En realidad se trata de sueños, vocaciones, de poder tener un trabajo digno y vivir como dios (manda), se trata de dinero, mucho dinero e importantes sueldos (tal y como está la vida) pura sangre, sudor y lágrimas, muchas lágrimas que se derraman por el camino.

Suerte. En este asunto no puedo ser optimista. Siento resulta desalentador pero os va a salir el lobo y os va a contar estos cuentos que he apuntado más arriba brevemente. En este negocio (sindicatos al frente), muchos son los llamados pero pocos los elegidos al banquete del señor. He acumulado mucha rabia durante muchos años, demasiados. Sí ya sé, la culpa es tuya, prepáratelas, estudia, compite en condiciones de absoluta desigualdad por tres o nueve plazas, en ratios de uno a veinte o a cincuenta o a cien, etc. En fin, pilarín, la vida y alrededores.

Óscar Garrido García.

Anónimo dijo...

yo tb lei en el periodico a una persona que se quejaba en el telefono del lector de algo de lo que como se puede ver no tiene ni idea...

si solo pedis justicia!

animo

Anónimo dijo...

Ni tan siquiera había leído el artículo de prensa. No hacía falta.

Esta mañana se me olvidó apuntar un par de ideas. Muchas personas no se presentaron en la Rioja porque no querían jugársela a un cara o cruz, o te sacas la plaza o esperas unos cuantos años para trabajar de interino. Cuando os presentasteis conocíais las reglas del juego. En abril del año pasado se hizo la tropelía. ¿Por qué nadie acudió entonces a los tribunales? Hay unos plazos, etc.

Los sindicatos tienen unos servicios jurídicos poderosísimos. También piensan y saben buscar sus propios argumentos para defender los intereses de sus afiliados/ interinos afiliados. A ese respecto hace meses vi a una mujer, una representante sindical absolutamente brillante, que salía en TV Rioja. La verdad es que me puso furioso ver cómo contaba sólo la parte de “la historia” que a ella le interesaba. Aunque tenéis razón, toda la razón del mundo, hay una orden aprobada y en vigor que no creo que os haga mucha gracia:

Nota: No cuelgo los cuatro anexos que acompañan a esta orden, los tenéis en el BOR.


Página 2104 .- Núm. 48 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Sábado, 8 de abril de 2006
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Orden 10/2006 de 4 de abril del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la provisión, en régimen de interinidad, de puestos de trabajo docentes no universitarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja
II.B.179
La Mesa Sectorial de Educación suscribió el pasado 28 de febrero de 2006 el Acuerdo sobre oferta de empleo público y estabilidad, en virtud del cual se acuerda dar estabilidad a las actuales listas de aspirantes a desempeñar puestos de trabajo en régimen de interinidad hasta 2008, así como un nuevo sistema de gestión de listas.
Para dar cumplimiento a lo acordado, procede modificar la Orden 25/2005, de 29 de julio, del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, que regula la provisión, en régimen de interinidad, de puestos de trabajo docentes no universitarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Así, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 37/2003, de 15 de julio, por el que se regula el ejercicio de competencias administrativas en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejero de Educación, Cultura y Deporte dicta la siguiente Orden:
Artículo 1.-.Objeto
El objeto de la presente Orden es la regulación del procedimiento para la provisión, en régimen de interinidad, de los puestos de trabajo docentes, no universitarios, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 2.- Confección de listas.
2.1. Las listas de interinos se confeccionarán a partir de las existentes a la entrada en vigor de la presente Orden, y se estructurarán en dos bloques:
- Bloque A: formado inicialmente por los integrantes de la lista vigente durante el curso 2005/2006, con la puntuación y posición que les correspondiese a 30 de junio de 2006. Se integrarán también en este bloque los participantes en los sucesivos procedimientos selectivos convocados en La Rioja que, no estando inicialmente incluidos en el mismo, obtuvieran una calificación de cinco o más puntos en alguna de las pruebas de que consta la fase de oposición; siempre y cuando no hayan resultado seleccionados, hayan formulado petición de incorporarse a estas listas y cuenten con la correspondiente habilitación.
- Bloque B: formado por los participantes en los procedimientos selectivos de ingreso convocados con posterioridad a la entrada en vigor de esta Orden que no formen parte del bloque A, cuando no habiendo resultado seleccionados y habiendo obtenido calificación en la fase de oposición, hayan formulado petición de incorporarse a estas listas y cuenten con la correspondiente habilitación.
A efectos de esta Orden el cero no se considera calificación.
2.2. Las listas se elaborarán por cuerpo y especialidad, excepto en el caso del Cuerpo de Maestros, en el que se confeccionará una única lista para todas las especialidades.
2.3. Los integrantes de las listas de espera se mantendrán en las mismas, dentro del bloque que corresponda y en la posición que resulte en virtud del artículo 3 siguiente, sin necesidad de volver a presentarse a los sucesivos procedimientos selectivos que se convoquen en La Rioja para su cuerpo y especialidad, salvo que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- que hubiesen accedido a la lista en virtud de los procedimientos extraordinarios previstos en los apartados 2.4 y 2.5 del presente artículo;
- que hubiesen accedido a la lista a través de procedimientos selectivos posteriores a la entrada en vigor de esta Orden y hubiesen obtenido una calificación inferior a 2,5 puntos en la primera prueba de que consta la fase de oposición.
En estos supuestos, los aspirantes serán excluidos de la lista salvo que se presenten y obtengan calificación en el siguiente procedimiento selectivo que se convoque en La Rioja para el ingreso en el cuerpo y especialidad correspondiente.
Los aspirantes que se mantengan la lista de espera correspondiente al Cuerpo de Maestros conservarán con carácter general la habilitación anterior, salvo aquéllos que se presenten y obtengan calificación en una especialidad diferente, en cuyo caso, figurarán sólo en la especialidad por la que han optado en el último procedimiento selectivo, si se encuentran habilitados para ello.
2.4. Excepcionalmente en aquellas especialidades en que se determine, en función de las necesidades de personal que no puedan ser atendidas con los aspirantes que figuran en las relaciones existentes, la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes podrá admitir nuevos aspirantes, por el procedimiento que se determine en la respectiva convocatoria, cuyas bases serán publicadas en el tablón de anuncios de la Dirección General de Educación y en la página web www.educarioja.org.
En las convocatorias que apruebe para la admisión de nuevos aspirantes a través de un procedimiento excepcional, la Consejería de Educación podrá establecer la necesidad de superar pruebas de conocimientos, en las especialidades que se determinen. Los aspirantes admitidos serán ordenados con los mismos criterios que los utilizados en el caso de convocarse procedimientos selectivos y se incluirán en el bloque B de la correspondiente lista, detrás de los que conforman el mismo en el momento de resolverse la convocatoria.
Dado que estas convocatorias responden a necesidades urgentes que no pueden ser atendidas con el personal integrante de las listas en vigor, la participación en estos procedimientos conllevará la aceptación del puesto de trabajo ofertado, de manera que, a quienes lo rechacen, no se les ofertará ningún otro puesto de trabajo durante ese curso académico; todo ello sin perjuicio de las causas de exclusión y pérdida del número de orden ocupado en la lista, previstas con carácter general en los artículos 5 y 6 de esta orden.
Quienes hayan accedido a las listas mediante este procedimiento extraordinario, deberán, para mantenerse en ellas, participar y obtener calificación en la fase de oposición del primer procedimiento selectivo que se convoque en la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el cuerpo y especialidad correspondiente.
2.5. Aquellos docentes que hayan impartido la docencia en el extranjero como consecuencia de procedimientos selectivos fruto de convocatorias públicas, tanto del Ministerio competente en materia de Educación como del Ministerio competente en materia de Asuntos Exteriores, y no estén incluidos en la lista de interinos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a su regreso, podrán incorporarse al bloque B de la lista de interinos de la especialidad en la que acrediten docencia, detrás de los que figuren en ese momento en dicha lista y bloque. A tal efecto los interesados deberán cursar la correspondiente petición ante la Dirección General de Educación, en el plazo máximo de un mes desde la finalización del contrato o nombramiento de que vinieran disfrutando en el extranjero.
Quienes se beneficien de esta previsión, deberán, para mantenerse en las listas, participar y obtener calificación en la fase de oposición del primer procedimiento selectivo que se convoque en la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el cuerpo y especialidad correspondiente.
Artículo 3.- Ordenación de los aspirantes.
3.1. La ordenación de los aspirantes vendrá determinada, dentro de cada uno de los bloques, por las puntuaciones obtenidas por estos, en aplicación del baremo aprobado por la presente Orden y que figura como anexo a la misma.
Los empates en la puntuación que pudieran producirse dentro de cada relación de aspirantes se resolverán aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los apartados y, en caso de persistir el empate, en los subapartados del baremo, conforme al orden en el que aparecen en el mismo, sin que la puntuación que se tome en consideración exceda en ningún caso de la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos.
De resultar necesario se utilizará como último criterio de desempate el orden alfabético del primer apellido y, en su caso, del segundo, teniendo en cuenta que deberá contarse a partir de la letra que se obtenga en el sorteo celebrado para determinar el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas de ingreso en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el año en el que tenga lugar la ordenación.
3.2. Procederá la reordenación de todos los integrantes de las listas dentro de cada uno de los bloques, con ocasión de cada procedimiento selectivo que afecte al cuerpo y especialidad correspondiente.
3.3. Los méritos alegados deberán justificarse aportando la documentación especificada en el anexo a esta resolución. Solamente se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente justificados durante el plazo de presentación de instancias, establecido en la correspondiente convocatoria.
3.4. La documentación justificativa de los méritos que no se encuentre expedida en español deberá presentarse traducida a esta lengua por traductor jurado.
Artículo 4.- Llamamiento de los aspirantes.
4.1. El llamamiento de los aspirantes para cubrir las necesidades de contratación del personal docente al comienzo de cada curso escolar, se efectuará previa convocatoria pública, según el calendario negociado con las organizaciones sindicales.
Si el llamamiento se efectúa a través de acto público, los aspirantes deberán acudir al mismo provistos de D.N.I, pasaporte o licencia de conducir en vigor. Asimismo podrán autorizar a otra persona para que los represente. La persona autorizada deberá acudir al acto provista de D.N.I., pasaporte o licencia de conducir en vigor y acreditar la representación que ejerce aportando autorización por escrito firmada por el interesado, a la que acompañará la fotocopia del D.N.I, pasaporte o licencia de conducir en vigor del representado.
4.2. El resto de las contrataciones se efectuará previo llamamiento individual de conformidad con las necesidades del servicio. Los aspirantes deberán proporcionar, además de un domicilio a efectos de notificaciones, un teléfono móvil y una dirección de correo electrónico. A fin de facilitar su localización y llamamiento, los aspirantes podrán comunicar además, hasta otros dos teléfonos de contacto. Todos los teléfonos y direcciones consignadas deberán actualizarse en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio de Recursos Humanos de la Dirección General de Educación.
Cuando un aspirante no haya podido ser localizado en 24 horas será excluido de la lista salvo que, en el plazo de 15 días a contar desde la notificación formal de la exclusión, acredite que el día en que tuvo lugar el llamamiento se encontraba en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 5, en cuyo caso se le aplicará lo dispuesto en la misma. En ningún caso el aspirante generará derecho alguno en relación con la plaza que hubiera podido ocupar de haber podido ser localizado.
4.3. El llamamiento de los aspirantes se efectuará de acuerdo con el orden de prelación en que figuren en las correspondientes relaciones, comenzando por los del bloque A y, una vez agotado éste, continuando con los del bloque B.
4.4. No obstante lo anterior, para impartir aquellos módulos de formación profesional que, en razón de su alto grado de especialización técnica, determine la Consejería de Educación, se podrá exigir a los aspirantes que figuren en la lista de la especialidad correspondiente, la demostración de los conocimientos técnicos necesarios para su impartición. Dichos conocimientos se presumirán en todo caso cuando el aspirante haya superado todos los ejercicios de la oposición de su especialidad y haya quedado sin plaza, en convocatorias de cualquiera de las administraciones con competencias plenas en materia educativa. Quienes no cuenten con la capacitación necesaria para la impartición de uno de estos módulos mantendrán el lugar que ocupan en la lista para futuros llamamientos.
Artículo 5.- Renuncias.
Los aspirantes que renuncien al puesto de trabajo ofertado serán excluidos de la relación de que se trate salvo que acrediten encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
A) Interinidades por vacante para todo el curso:
1) Que el aspirante esté desempeñando un puesto docente en la administración pública educativa no universitaria de La Rioja, en el curso al que vaya referida la elección. Este supuesto deberá cumplirse y justificarse una vez finalizados los llamamientos a los que hace referencia el artículo 4.1. de la presente Orden.
2) Que el aspirante esté desempeñando un puesto docente en cualquier otra administración pública educativa en el curso al que vaya referida la elección. En este caso pasará al último lugar de su bloque.
3) Que el aspirante sea trabajador fijo o eventual de cualquier administración pública de La Rioja, en el curso al que vaya referida la elección. En este caso pasará al último lugar de su bloque.
4) Que el aspirante esté en situación de incapacidad laboral temporal con anterioridad a la fecha en que se le ofrezca el nombramiento de interino. En este caso, deberá aportar certificado médico acreditativo de la situación de incapacidad laboral temporal y comunicar, una vez desaparecida dicha incapacidad, su disponibilidad a la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes.
Si en el plazo de un mes no se hubiera producido la recuperación del aspirante, éste deberá presentar nuevo certificado médico, acreditando la continuidad de la situación de incapacidad. Dicho certificado deberá renovarse mensualmente hasta que se produzca la recuperación.
El incumplimiento de esta justificación documental de la incapacidad laboral temporal se sancionará con la exclusión de la lista de espera.
5) Que el aspirante tenga a su cuidado un hijo menor de 3 años, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción, o un pariente, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, discapacitado o enfermo grave. Deberá justificarlo mediante libro de familia, en el primer caso, e informe médico y certificado de empadronamiento en el segundo, debiendo asimismo presentar declaración jurada de que no va a desempeñar ninguna actividad laboral mientras se acoja al presente supuesto. En este caso no podrá ser nombrado nuevamente hasta transcurridos 3 meses y siempre que el aspirante lo solicite.
6) Por licencia por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento durante el tiempo marcado por la ley. En este caso, tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo que le correspondiera en el momento del llamamiento, debiendo incorporarse a dicho puesto al finalizar el período de licencia. Asimismo se le valorará como experiencia docente el tiempo transcurrido desde la oferta del puesto de trabajo hasta la finalización de la licencia. De no incorporarse se considerará renuncia justificada no siéndole asignado ningún puesto de trabajo durante ese curso académico.
7) Por matrimonio propio si la no aceptación de la oferta se produce en los 15 días naturales siguientes al mismo.
8) Por encontrarse disfrutando de una beca de formación o investigación conseguida en convocatoria pública.
9) Por encontrarse ocupando un puesto de trabajo dentro de los programas específicos para docentes en el extranjero cuya selección sea fruto de una convocatoria pública tanto del Ministerio competente en materia de Educación como del Ministerio competente en materia de Asuntos Exteriores.
10) Por encontrarse matriculado y cursando estudios universitarios presenciales. En este caso pasará al último lugar de su bloque, debiendo presentar declaración jurada de que no va a desempeñar ninguna actividad laboral mientras se acoja al presente supuesto.
11) Que se le oferte una plaza itinerante o que incluya especialidades no afines a la aportada para su incorporación a la lista de interinos. En estos supuestos no se le volverán a ofertar plazas de las mismas características durante ese curso académico.
12) Que se le oferte una jornada a tiempo parcial.
13) Otras circunstancias excepcionales que valorará el Servicio de Recursos Humanos informando a las Organizaciones Sindicales.
B) Interinidades por sustitución:
1) Que se le ofrezca un nombramiento a jornada completa y que tenga en vigor otro nombramiento o contrato laboral, siempre y cuando éstos sean de duración superior a la sustitución ofertada. En este caso el aspirante deberá presentar la justificación documental del nombramiento o del contrato suscrito, en la que conste la duración del mismo.
2) Que el aspirante esté en situación de incapacidad laboral temporal con anterioridad a la fecha en que se le ofrezca el nombramiento de interino. En este caso, deberá aportar certificado médico acreditativo de la situación de incapacidad laboral temporal y comunicar, una vez desaparecida dicha incapacidad, su disponibilidad a la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes.
Si en el plazo de un mes no se hubiera producido la recuperación del aspirante, éste deberá presentar nuevo certificado médico, acreditando la continuidad de la situación de incapacidad. Dicho certificado deberá renovarse mensualmente hasta que se produzca la recuperación.
El incumplimiento de esta justificación documental de la incapacidad laboral temporal se sancionará con la exclusión de la lista de espera.
3) Que el aspirante tenga a su cuidado un hijo menor de 3 años, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción, o un pariente hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad discapacitado o enfermo grave. Deberá justificarlo mediante libro de familia, en el primer caso, e informe médico y certificado de empadronamiento en el segundo, debiendo asimismo presentar declaración jurada de que no va a desempeñar ninguna actividad laboral mientras se acoja al presente supuesto. En este caso no podrá ser nombrado nuevamente hasta transcurridos 3 meses y siempre que el aspirante lo solicite.
4) Por licencia por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento: durante el tiempo marcado por la Ley. En este caso, tendrán derecho a la permanencia en el lugar que ocupan en la lista, siempre y cuando acompañen fotocopia del libro de familia y comunicación de su disponibilidad al finalizar esta situación. En el caso de no comunicar dicha circunstancia no se le ofertará ningún puesto de trabajo en ese curso.
5) Por matrimonio propio si la no aceptación de la oferta se produce en los 15 días naturales siguientes al mismo.
6) Por encontrarse disfrutando de una beca de formación o investigación conseguida en convocatoria pública.
7) Por encontrarse ocupando un puesto de trabajo dentro de los programas específicos para docentes en el extranjero cuya selección sea fruto de una convocatoria pública tanto del Ministerio competente en materia de Educación como del Ministerio competente en materia de Asuntos Exteriores.
8) Por encontrarse matriculado y cursando estudios universitarios presenciales. En este caso pasará al último lugar de su bloque, debiendo presentar declaración jurada de que no va a desempeñar ninguna actividad laboral mientras se acoja al presente supuesto.
9) Que se le oferte una plaza itinerante o que incluya especialidades no afines a la aportada para su incorporación a la lista de interinos. En estos supuestos no se le volverán a ofertar plazas de las mismas características durante ese curso académico.
10) Que se le oferte una jornada a tiempo parcial. En este supuesto no se le realizará ninguna otra oferta durante ese curso académico.
11) Otras circunstancias excepcionales que valorará el Servicio de Recursos Humanos informando a las Organizaciones Sindicales.
Los aspirantes que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas anteriormente deberán acreditarlo documentalmente en el Servicio de Recursos Humanos de la Dirección General de Educación en el plazo de 15 días naturales contados desde la fecha en que se les haya ofertado el puesto de trabajo al que renuncian, permaneciendo en el mismo lugar que ocupen en la relación, salvo las excepciones previstas en los puntos 2, 3 y 10 del apartado A), y 8 del apartado B) que pasarían al último lugar de la lista, y sin perjuicio de los supuestos de exclusión previstos en el punto 4) del apartado A) y en el punto 2) del apartado B).
Artículo 6.- Exclusión de las listas.
Se excluirán de las listas los aspirantes que incurran en alguno de los siguientes supuestos:
a) No presentarse, o no acudir persona debidamente autorizada que lo represente, al acto público de elección y adjudicación de destino, salvo causa debidamente justificada; o no presentar en plazo solicitud de participación en la convocatoria alternativa al acto público. En el supuesto primero, la justificación documental deberá presentarse en el plazo de 15 días naturales a partir de la fecha en que se realice el acto de elección.
b) Renunciar injustificadamente al puesto de trabajo ofertado, o adjudicado provisionalmente en el procedimiento alternativo al acto público.
c) No tomar posesión del puesto elegido en acto público, asignado con carácter definitivo en el procedimiento general de adjudicación de vacantes o aceptado como consecuencia de un llamamiento posterior.
d) Renunciar al puesto de trabajo una vez que se ha tomado posesión del mismo.
e) Incumplir la justificación documental exigida en el artículo 5.
f) Haber mostrado un rendimiento insuficiente o una evidente y documentada falta de capacidad funcional para el desempeño de las tareas docentes. La exclusión de la lista exigirá la audiencia previa al interesado.
Artículo 7.- Publicidad.
a) La Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes publicará en el tablón de anuncios las listas ordenadas de interinos de los distintos cuerpos y especialidades, así como la relación de aspirantes excluidos con indicación de las causas de su exclusión.
b) Semanalmente, la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes publicará en la página web www.educarioja.org el número de orden del último candidato llamado de cada una de las listas de espera y, en el caso de la lista correspondiente al Cuerpo de Maestros, del último candidato llamado de cada una de las especialidades comprendidas en ella.
Disposiciones adicionales
Primera
Cuando se convoquen procedimientos selectivos, los aspirantes que se mantengan en las listas en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.3. de la presente Orden podrán optar entre conservar la puntuación inicial o solicitar la revisión de dicha puntuación en aplicación del baremo, a cuyo fin presentarán solicitud y aportarán nuevos méritos en el plazo establecido para la presentación de solicitudes de participación en la convocatoria del procedimiento selectivo correspondiente.
No obstante lo anterior, a quienes opten por mantener la puntuación inicial se les actualizará de oficio la puntuación correspondiente al apartado cuarto del baremo.
Segunda
Los aspirantes que hubiesen accedido a las listas en virtud de los procedimientos extraordinarios previstos en los apartados 2.4. y 2.5. del artículo segundo de la presente Orden y que hubiesen trabajado durante el curso escolar correspondiente, podrán mantenerse en su lista y bloque cuando, habiéndose inscrito en los procedimientos selectivos para el cuerpo y especialidad correspondiente, no hubiesen podido presentarse a los mismos por coincidir la fecha y hora de celebración de la primera prueba con otras de otro cuerpo y especialidad docente a las que se presentasen en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Los aspirantes beneficiados por esta disposición adicional deberán presentarse y obtener calificación en los procedimientos selectivos inmediatamente posteriores convocados en la Comunidad Autónoma de La Rioja para el cuerpo y especialidad con el que se corresponda la lista a la que hubieran accedido por los procedimientos extraordinarios referidos en el párrafo anterior.
Disposiciones transitorias
Primera
Con ocasión de los procedimientos selectivos convocados en 2006 y 2007 no se llevará a cabo nueva valoración de méritos ni nueva ordenación de los aspirantes integrados en el bloque A de las listas.
No obstante lo anterior, los integrantes del bloque A que hubiesen accedido al mismo a raíz de alguno de los procedimientos regulados en los apartados 2.4 y 2.5 del artículo segundo de la presente orden, serán excluidos de las listas cuando no se presentasen al procedimiento selectivo de ingreso convocado en La Rioja para el mismo cuerpo y especialidad, o presentándose no obtuviesen calificación en el mismo.
No procederá incorporación de nuevos aspirantes en el bloque A de las listas hasta 2008, con carácter general y hasta 2009, en el caso de la lista correspondiente al Cuerpo de Maestros.
Segunda
Quienes formen parte del bloque B por haber participado en los procedimientos selectivos convocados en 2006 ó 2007 y hayan obtenido una calificación de cinco o más puntos en alguna de las pruebas de que consta la fase de oposición, se integrarán en el bloque A, con la puntuación que les correspondiera en aplicación del baremo aprobado por la presente Orden, a partir de 2008 ó 2009, respectivamente.
No obstante, cuando en 2008 ó 2009 volvieran a convocarse procedimientos selectivos de ingreso al mismo cuerpo y especialidad, los aspirantes a los que hace referencia el párrafo anterior deberán, para integrarse en el bloque A, presentarse nuevamente y obtener calificación. A estos efectos podrán alegar la calificación más favorable de las obtenidas en las dos últimas convocatorias.
Disposición Final Única
Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el B.O.R.
Disposición Derogatoria Única
Queda derogada la Orden 25/2005, de 29 de julio (B.O.R. del 04.08.05)
Logroño, a 4 de abril de 2006.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis Ángel Alegre Galilea.

Anónimo dijo...

Oscar, te contesto:
En Abril, nadie fue a los tribunales pq llevaba años preparándolas y quedaban únicamente dos meses para el examen y en esos momentos sólo piensas en estudiar a tope para aprobar las pruebas e intentar conseguir la plaza. Además esa orden dice que serán incluidos en la lista A todos los aprobados. Luego en su disposición transitoria se contradice diciendo que tienen que esperar dos años. Ahí algo pasa.

Anónimo dijo...

PARA EL QUE ESCRIBIO ESTO:


Ya está bien. Soy interino y no aguanto más que nos digais que somos unos privilegiados y que si hemos conseguido esto y lo otro ha sido por lamer el culo a los sindicatos y a la Administración. Y no quiero arrogarme la representación de nadie, por tanto hablo a título personal. Así como vosotros os organizais para conseguir vuestros fines los interinos que lo desean también lo hacen. ¿Y qué diferencia hay? ¿me lo podeis decir? Cuando seais interinos (porque seguro que al final y a base de años lo conseguireis)¿vais a seguir con esa asociación o os unireis al resto de interinos para reivindicar vuestros/nuestros intereses? Aquí como en cualquier parte, por desgracia, cada uno va a lo suyo ¿o no?


YO LE RESPONDO ESTO:

Si estás harto lo siento, apechuga con tus actos, fueron injustos entonces, luchastes por unos derechos que te beneficiaban a ti y jodían a mucha gente, no esperes que ahora toda esa muchedumbre no se te eche encima. Te explicaré la diferencia: esta asociación lucha por algo justo, por igualdad de méritos y por algo mucho más importante: el sentido común a la hora de una selección. No es nada del otro mundo, el jefazo de educación, los sindicatos y hasta tú lo ves lógico a juzgar por tus palabras (o sino por qué no dices tu opinión sobre lo que se reivindica aquí) y aún así miráis para otro lado. Tú luchaste en tu momento por acomodarte en tu sofá y supongo, por miedo a que alguien mejor que tú te quite el puesto que tienes ahora. Siento que todavía te pique el grano que tenéis los interinos en el culo: se llama maestros indignados, algún día serán ellos como tú, pero espero que con más sentido común y dignidad.

Suerte amigo, y sigue tirando del bolsillo para pagar a los sindicatos que te guardan con llave tu puesto de trabajo.

Anónimo dijo...

Anónimo, te contesto:

Gracias por tu amable trato.

En Abril del año pasado quedaba bastante más de un año para las oposiciones de los maestros, las de primaria, excepto en Euskadi, tierra solidaria donde las halla(con sus ciudadanos y ciudadanas y los intereses de sus ciudadanos y ciudadanas por supuesto).

Lo que pasa es que los sindicatos han presionado para que se “congelasen” (expresión usada en nuestra jerga para referirnos a la paralización de la rebaremación y actualización de las mismas contando los nuevos méritos y la experiencia laboral) temporalmente las listas, esquivando la flagrante inconstitucionalidad, para defender los intereses de sus afiliados de mayor antigüedad, interinos por supuesto.

Este mundo de la educación está lleno de injusticias, algunos recordando alguna película podrían deciros: “empezad por los privados y su sistema de elección del profesorado o por los puntos que suman (ya sé la mitad, pobrecitos) cara a una oposición pública, seguid por el sistema de acceso desde otros cuerpos y el orden en la elección de plazas una vez obtenida la misma en relación al turno libre (ya sé, hay que premiar al que viene de abajo y todos esos cuentos, se premio el esfuerzo, vaya cinismo…), o las taifas autonómicas (cesión competencial en materia educativa) y acabad por poner sólo unos ejemplos por los baremos o el proceso de la oposición, o el orden por la letra del apellido a sorteo a igualdad de puntos, ya sabéis «no podemos sacar decimales al expediente porque tenemos poco persona» (ordenación arbitraria que por cierto también me beneficia)”

En esa lucha acabaréis muy quemados, acabaréis ardiendo.

Y yo aunque tengo amigos en algunos sindicatos no puedo aprobar su conducta en estas cuestiones. Conozco casos de personas de mi entorno que van a darse de baja de su sindicato por temas como éstos. Si pudiesen cometerían mayores injusticias, de eso podéis estar seguros. En algún sindicato me han animado a apuntarme para que denuncie esta situación y cambie las cosas desde dentro. Lo siento, estoy muy lejos de ellos, de lo que opinan sobre este tema y de lo que deciden sus cabezas pensantes.

Tenéis mi firma, pero yo no pienso ir a entregar documento alguno. Tampoco voy a movilizarme. Hay muchas injusticias en este mundo y cosas más importantes por las que todos deberíamos de movilizarnos. Están en la mente de todos. Suerte.

Salud y república.

Anónimo dijo...

Errata:

"persona" = "personal"

Anónimo dijo...

Perdón por las erratas. He encontrado otra errata, donde dice "premio" quise escribir "premia".

Anónimo dijo...

Gracias Óscar por tu apoyo.

Y no te vuelvas loco con las erratas, que esto no es un blog de correción ortográfica; nos entendemos todos.

Anónimo dijo...

TODOS LOS SINDICATOS NOS VENDEN CURSOS. Presenciales y a distancia, para el engorde de los bolsillos de los Sindicatos y Sindicalistas.

SON CURSOS-NEGOCIO para incrementar la baremación, arañando décimas o incluso puntos que nos aupen en el podium del triunfo. Juegan claramente con nuestros intereses. UN CURSO DE UN SINDICATO Y A DISTANCIA ENTIENDO NO ES SERIO. Yo prefiero un curso de una Universidad u otra Entidad que acceda libremente a la Formación Competitiva.
El MEC y los Gobiernos Autonómicos pagan favores a los Sindicatos reconociendo y homologando sin más los cursos para el entramado de las baremaciones. Sin aclarar que todo esto va en contra de la OPOSICION LIBRE.

Esto parece un mercado persa de ventas y regateos, (si te afilias te cobro menos). Por ello todo esto me hace pensar que el verdadero fin de estos cursos no es la autentica FORMACIÓN, sino un entresijo de intereses económicos, donde los más perjudicados somos los mismos maestros que nos sentimos manipulados y EXPLOTADOS por los SINDICATOS.

Anónimo dijo...

QUE CONTENTOS ESTAN LOS SINDICATOS, cuando se meten a este foro y al de La Rioja y ven que ya no se escribe nada de los aprobados sin plaza. Pensarán que estamos desinflados, que estamos vencidos..........

Anónimo dijo...

Pues si, los Sindicatos y el señor Trinidad estarán contentos y satisfechos, pero no se puede esperar nada de alguien que es capaz de firmar ese ridículo acuerdo.
Ojalá sus hijos tengan vocación por ser mestros.
Ojalá vean así que las injusticias hacen mucho daño, que se pasa muy muy mal.
Ojalá se den cuenta de una vez de lo que supuso esa firma para muchos maestros que lucharon muy duro para aprobar, y lo consiguieron.
Aunque en esta vida, cada uno mira sólo por sus intereses y en realidad lo que les pase a un grupo minoritario de personas, les da exactamente igual. Que se jodan y esperen como hicieron ellos en sus tiempos ¿verdad?, aunque ahora estemos en el 2007 y las cosas deberían haber evolucionado a mejor, eso no importa. Seguimos igual que en sus tiempos. Bueno igual no, antes era peor y se supone que por eso debemos hasta alegrarnos. Venga hombre.

Anónimo dijo...

Hola, yo también aprobe como vosotros el examen de oposición por Educación Infantil, en La Rioja, y al igual que vosotros estoy en la "Lista B". Me parece muy injusto, sobre todo estar por detras de aquellos que se presentaron hace dos años y suspendieron o de aquellos que no llegaron a trabajar, o incluso como es el caso de una chica que conozco, no llego a trabajar, y tampoco quiso presentarse al examen, no fue ni a firmar, pero solo por haber presentado la solicitud y pagar los derechos de examen sigue estando en la "Lista A".
Estoy con vosotros.

Anónimo dijo...

si quereis intercambiar enlaces de vuestro blog y nuestro blog:


www.barrioelcampillo.blogspot.com

campillovpo@yahoo.es

Anónimo dijo...

NO SEAIS PRINGAOS.. ESTA ASOCIACION NACE DESPUES DE SALIR LAS NOTAS..NO???

ES SIMPLE,
OBSERVA LAS REGLAS DEL JUEGO, Y JUEGA COMO MAS TE CONVENGA... Y LAS REGLAS AUNQUE MALAS.. ESTABAN PUESTAS..
NO ESTOY DE ACUERDO PARA NADA CON LA ADMINISTRACION EDUCATIVA... PERO ES LO QUE HAY,

Anónimo dijo...

DEFENSORA DEL PUEBLO
Recomendacion General 13/2008 de 11 de Abril.
ESTA CLARO. A POR ELLOS..........

Anónimo dijo...

TENEIS TODO MI APOYO. YO ME ENCUENTRO EN UNA SITUACIÓN ALGO SIMILAR.
ME PRESENTÉ LA PASADA CONVOCATORIA POR PRIMERA VEZ Y APROBÉ ,PERO ME QUEDÉ SIN PLAZA POR NO TENER PUNTOS,Y SIN OPCIÓN A INTERINIDAD. LA SEÑORITA QUE ME AYUDÓ A PRESENTAR EL FORMULARIO PARA LA OPOSICIÓN NO ME SUPO INFORMAR SOBRE UNA CASILLA QUE SE ENCONTRABA AL FINAL DE LA HOJA. A LOS DOS DÍAS ME LLAMA AL MOVIL Y ME DICE QUE ESA CASILLA ES POR SI QUIERO OPTAR A LA INTERINIDAD, "¿TE LA MARCO?", "SI" LE DIJE. CUÁL FUE MI SORPRESA AL VER LAS LISTAS DE INTERINOS Y NO ENCONTRAR MI NOMBRE. DESDE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓIN ME DIJERON QUE NO TENIA NADA QUE HACER, ME ENSEÑARON MI FORMULARIO Y LA CASILLA NO ESTABA MARCADA Y PLAZO PARA RECLAMAR HABIA PASADO. AHORA NO ESTOY NI EN LA LISTA "A" NI EN LA "B". ¿QUE PUEDO HACER?

Anónimo dijo...

He leído vuestra reivindicación, y he pensado hacer una plataforma para Andalucía, donde las oposiciones han sido una auténtica farsa. Os pido que nos ayudéis, por favor, y participéis. Así, unidos, tendremos más fuerza y nos extenderemos por todo el territorio nacional.
Hemos creado un nuevo foro como plataforma para denunciar y elevar nuestras protestas a personas competenetes, dirigido sobre todo a aquéllos que no han tenido opción en un concurso-oposición realizado en condiciones de "igualdad"

Dirección del foro: http://oposiciones-denuncia.foroactivo.net/index.htm

Unknown dijo...

Hemos creado un nuevo foro como plataforma para denunciar y elevar nuestras protestas a personas competenetes, dirigido sobre todo a aquéllos que no han tenido opción en un concurso-oposición realizado en condiciones de "igualdad"

Dirección del foro: http://oposiciones-denuncia.foroactivo.net/index.htm

Anónimo dijo...

Esto es una mini-contestación a los tres últimos escritos anónimos.
- LA DEFENSORA DEL PUEBLO DE LA RIOJA NOS HA DADO LA RAZON.
- EL CONSEJERO HA TARDADO MAS DE DOS MESES EN CONTESTAR A LA DEFENSORA DEL PUEBLO,
- DESPUES DE LA RECOMENDACION DE LA DEFENSORA EN ABRIL, NO NOS HAN INCLUIDO EN LA LISTA "A" DE INTERINOS.
- NUESTRO ABOGADO LES HA DADO OBCION A INCLUIRNOS EN LA LISTA “A” EN JUNIO DEL 2008Y OLVIDARNOS DEL TEMA.
- EL CONSEJERO HA COMUNICADO A LA DEFENSORA EN JULIO QUE A PARTIR DE AHORA NO VAN A RELEGAR NI DISCRIMINAR A LOS APROBADOS SIN PLAZA, PERO NUESTRA SITUACION ES QUE HASTA JULIO DEL 2009 NO ENTRAREMOS EN LISTA “A”
SITUACION ACTUAL: Estamos en un contencioso administrativo contra la Consejería de Educación de La Rioja.
Quien tenga interés real en participar y sumarse a la DEMANDA JUDICIAL que conteste indicando su email.